Yo no olvido la tributaria...
Mientras eso ocurre, el
país no olvidará el año viejo por la reforma tributaria que acabó con
disposiciones, aumentó cargas, inventó impuestos, prorrogó otros y le dio
“dientes a la Dian para atajar la evasión.
Hay tres medidas que son
las que más cantidades de contribuyentes notarán en 2015.
Quienes paguen con
tarjetas (débito y crédito) sus compras no volverán a recibir esos pesos de más
por la devolución de dos puntos del IVA.
En segundo lugar, el
“temporal” Gravamen a los Movimientos Financieros, más conocido como 4 por
1.000 (4 pesos por cada mil) seguirá con esa tarifa hasta 2018 y se desmontará
gradualmente hasta 2021. En los próximos cuatro años se espera que los bancos
le recauden a la Dian 15,1 billones por ese concepto.
Y aunque la reforma
deroga en el año 2022 este impuesto que estimula el uso de efectivo y está
vigente desde 2001, no hay certeza de que sea así: “ese es el ideal, pero
tendremos que buscar una fuente sustituta de esos ingresos, así como se logró
bajar el aporte de los empresarios en parafiscales con el Cree (impuesto a las
utilidades”, explicó Cárdenas
En tercer lugar, los
empleados que tengan en 2015 ingresos brutos superiores a 6,59 millones
mensuales o un patrimonio por encima de 339,34 millones, no podrán liquidar el
Impuesto de Renta por el Impuesto Mínimo Alternativo Simple (Imás) y deberán
acudir al régimen ordinario o el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (Imán).
Empresas,
¡a previsionar!
Todas las empresas
(sociedades jurídicas) del país, y según Confecámaras hay unas 921 mil, tendrán
que pagar una tarifa del 9 por ciento, cuando la reforma pasada consideró que
ese monto solo se aplicaría para los años gravables 2013 a 2015, y de ahí en
adelante sería solo del 8 por ciento. Ese punto que se volvió permanente será
para financiar para primera infancia (40 por ciento) y educación superior (el
otro 60).
A ese esfuerzo
adicional, las empresas que tengan utilidades mayores a 800 millones de pesos,
el Gobierno calcula en unas 7 mil, tendrán que añadirle una sobretasa que se
incrementa de 5 por ciento, en 2015, hasta un 9 por ciento, en 2018, pero que
obliga a tener los recursos desde el mismo año fiscal que se grava, al disponer
un anticipo de 100 por ciento a partir de la base gravable sobre la que se
liquidó el impuesto anterior. Esos recursos entrarán a los ingresos corrientes
de la Nación.
Dos
nuevos impuestos
Después de darle la
partida de defunción al Impuesto al Patrimonio, creado en 2003 (Ley 863), la
reforma creó el Impuesto a la Riqueza, que tiene vigencia de 4 años.
Al final se aprobó que
se puede causar contablemente cada año y las cuentas de la Dian dicen que
deberán pagarlo unas 52 mil personas y 32 mil empresas del país con patrimonios
líquidos (patrimonio menos deudas) superiores a 1.000 millones de pesos y se
aplican tarifas bajo un esquema marginal (por tramos) e incremental, a medida
que aumenta la base gravable (ver gráfico).
En todo caso, para las
personas naturales se puede excluir del patrimonio líquido la vivienda por
hasta 12.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, 339,34 millones de
pesos, en 2015.
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