Pasos para Constituir una
Sucursal de Sociedad Extranjera en Colombia
·
Certificado de existencia y representación legal de la sociedad
inversionista, expedido por el funcionario competente del domicilio de la
sociedad. En caso de tratarse de una persona natural, deberá hacerse llegar una
copia del pasaporte.
·
Poder autorizando a un abogado o persona natural para actuar en nombre
de la sociedad inversionista.
·
Estatutos de la casa matriz.
·
Resolución del órgano competente de la casa matriz autorizando la
apertura de la sucursal en Colombia, señalando como mínimo:
o
Los negocios a que se va a dedicar la sucursal
o
El monto de capital asignado a la misma
o
Su domicilio
o
Su duración.
o
Las causales para la terminación de los negocios.
o
El nombramiento del representante legal y sus atribuciones
o
El nombramiento del revisor fiscal
Los documentos mencionados deberán contar con la cadena de
legalizaciones establecida en la legislación colombiana, la cual consiste en lo
siguiente:
·
La autenticación de los mismos por un notario público del domicilio de
la sociedad o persona natural inversionista, el cual certifique la
representación legal, veracidad del documento y la existencia de la sociedad.
·
La verificación de la información de dichos documentos por el cónsul
colombiano del mismo domicilio.
·
El reconocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
·
La traducción de dichos documentos al castellano, cuando sea necesario,
por un traductor oficial certificado como tal en Colombia.
·
Los anteriores pasos para legalizar no aplican si el país de donde
provienen los documentos está cobijado por la Convención de la Haya, en cuyo
caso sólo se requiere la notarización y la «Apostilla», sin perjuicio de la
traducción oficial de los documentos, en caso de requerirse.
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